miércoles, 22 de marzo de 2017

Prevención de riesgos en el ocio nocturno (XV)


Prevención y reducción de riesgos en el ocio nocturno: el papel de las corporaciones locales (XV)

Mariangels Duch, Amador Calafat y Montse Juan
Instituto Europeo de Estudios en Prevención (Irefrea)

Regulación de la venta de alcohol y
de las promociones. La restricción de los
horarios comerciales ha mostrado efectos
--inmediatos y a largo plazo—en la disminución
de los daños asociados al consumo
de alcohol así como sobre las intoxicaciones
(Miller et al., 2012). La densidad de los
locales de dispensación y venta de alcohol
también tiene un impacto directo sobre los
consumos y los daños relacionados, de forma
que su regulación constituye una herramienta
útil de promoción de la salud pública
(Campbell et al., 2009). También el bajo precio
y las promociones de las bebidas alcohólicas
se relacionan con un mayor consumo y
un mayor número de problemas (Babor et
al., 2010; Hughes et al., 2011). Precios mínimos
para el alcohol, por debajo de los cuales
no se puede vender, se han instaurado ya
en algunos países (Moldavia, Rusia, Ucrania
y Uzbekistán), en ciertos estados de EEUU y
en la mayoría de las provincias canadienses,
y están siendo objeto de revisión y debate
para su instauración en el Reino Unido.
Está claro que estas cuestiones entran de
lleno dentro de las atribuciones de las corporaciones
locales. Muy posiblemente no haría
falta en nuestro país una regulación más
estricta de los horarios, sino que bastaría en
una primera fase que los horarios se cumpliesen.
Un ejemplo clave en la importancia
de los horarios sería el ejemplo de no hace
tantos años en que impidió que las personas
pudieran participar 24 horas seguidas en la
actividad recreativa obligando a que hubiera
unas horas de cierre entre el final de las actividades
de los clubs nocturnos y la apertura
de locales que habrían a primera hora de la
mañana. Había jóvenes que solo compraban
el billete de avión y se pasaban varios días
seguidos divirtiéndose ininterrumpidamente.
En Cataluña existe también desde 2009
(18/2009 Ley de Salud Pública) prohíbe la
promoción de bebidas alcohólicas en establecimientos,
locales y otros espacios autorizados
por medio de ofertas promocionales,
premios, intercambios, sorteos, concursos,
fiestas promocionales o rebajas de precio
que incluyen las ofertas conocen como
‘barra libre’, ‘2x1’, ‘happy hour’ y similares;
así como su publicidad en cualquier medio.

REVISTA ESPAÑOLA DE DROGODEPENDENCIAS 

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